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Las Ciudades Invisibles

Las Ciudades Invisibles

La evolución de la vida en sociedad se revela en la sofisticación de su entramado urbano. El derecho, como producto humano, ha marcado esta evolución desde la antigua Jericó hasta el complejo mundo globalizado en el que hoy vivimos.

Esta tensión por el "deber ser" de la ciudad es un campo de batalla de larga data. La Biblia contraponía la ominosa Babilonia a la ejemplar Nueva Jerusalén; San Agustín, en Civitas Dei, teorizaba la pugna entre la ciudad terrenal (movida por la ambición y los intereses mezquinos) y la ciudad de Dios (orientada al bien común). Esta dicotomía fundacional ha mutado. La lucha escatológica ya no es entre Babilonia y Jerusalén, sino entre dos modelos urbanos en pugna:

La ciudad-mercancía, donde el espacio es un producto de cambio y la lógica del mercado dicta sus formas, segmentando y excluyendo. La ciudad-comunidad, donde el territorio se concibe como un bien común para la realización de una vida digna.

La relevancia de esta batalla conceptual se potencia con una realidad demográfica abrumadora. A nivel global, más de la mitad de la población es urbana. En América Latina, la cifra se eleva al 81%, siendo la región en desarrollo más urbanizada del planeta. Argentina lleva esta tendencia al extremo: con un 92% de su población viviendo en ciudades, el país además sufre una macrocefalia urbana donde casi 4 de cada 10 argentinos residen en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). Esta hiperconcentración agudiza las tensiones por el acceso al suelo, la vivienda, los servicios y, en definitiva, por el derecho a la ciudad.

La fragmentación socioespacial del AMBA, la precariedad en el Gran Rosario o Córdoba, la  la expansión desordenada de la mancha urbana en el Gran Tucumán y la tensión constante entre el desarrollo inmobiliario especulativo y el derecho a la vivienda, son la encarnación contemporánea de aquella tensión agustiniana. Desde aquí nos proponemos explorar de qué modo el "derecho a la ciudad" puede pasar de una potente idea filosófica a un camino concreto para planificar y transformar el territorio. 

Este derecho se entiende como el acceso efectivo a las condiciones básicas —salud, educación, vivienda, trabajo— que posibiliten un proyecto de vida digno. No es una mera declaración, sino una consigna táctica para una batalla estratégica: garantizar el derecho a no ser excluidos del espacio que habitamos. Es el derecho a una relación solidaria con lo común, a la apropiación y transformación colectiva del territorio que nos une.

Cuando la especulación inmobiliaria sustituye al urbanismo, la ciudad se vuelve excluyente, difusa. 

Una de las grandes perlas que nos legó aquella trunca Constitución del '49 nos ilumina en ese sentido: la mejor garantía para la propiedad privada es que cumpla con su función social. Solo así, arraigada en el bien común, se asegura su permanencia.

Sin una visión ontológica de la función social de la propiedad privada, todo intento de modificar la trama urbana a favor de los ciudadanos quedará a mitad del camino.

Al convertir la ciudad en mercancía, el capitalismo financiero no solo la desnaturaliza, sino que siembra su propia ruina: crisis inmobiliarias, insostenibilidad ambiental y una segregación social que lacera el cuerpo de la Patria. La mercantilización del espacio urbano no sólo desplaza cuerpos, sino que desmantela el tejido espiritual de la sociedad, es difícil pensar en construir una familia si no existen garantías de 

Frente a esto,  pensar a la ciudad como un bien común propone un camino superior: una ciudad donde la propiedad, cumpliendo su función social, sea pilar de soberanía política, independencia económica y justicia social.

El justicialismo no puede seguir anclado en una nostalgia que no dialoga con la realidad cotidiana. ¿Cuánto demora un trabajador de Moreno en llegar a su trabajo en CABA? ¿Quién le paga esas 15 horas semanales de viaje? La batalla cultural del siglo XXI se gana rescatando aquel principio de la Constitución del 1949: la función social de la propiedad no es una concesión, sino la garantía última de su sostenibilidad y la herramienta para la planificación de un hábitat popular.

La propuesta es clara, solo un modelo de ciudad que priorice el bien común sobre la renta individual, que entienda el urbanismo como herramienta de justicia social, puede reconstruir el vínculo con ese pueblo urbano. Recuperar las ciudades para la Comunidad Organizada no es sólo un imperativo doctrinario; es la condición de posibilidad para la supervivencia política de un movimiento llamado a representar a las mayorías.

Más allá de la teoría, hay muy buenos ejemplos concretos que caminan en ese sentido. La flamante Constitución de la Provincia de Santa Fe, en su artículo 21 deja establecido que la propiedad privada puede limitarse solo a los fines de que cumpla una función social, en la Provincia de Buenos Aires la Ley 14.449 de Acceso Justo al Hábitat, trasciende el derecho a la vivienda para consagrar un "derecho a un hábitat digno", abordando directamente el desafío de la plusvalía urbana generada por la comunidad y con frecuencia apropiada.

Para ello, establece mecanismos técnicos que buscan redistribuir socialmente esta riqueza, entre los más destacados se encuentran: 

Contribución por Valorización: Capta un porcentaje del aumento del valor inmobiliario generado por decisiones públicas (como planes de ordenamiento u obras), destinando a un Fondo Provincial de Hábitat.

Cesión Obligatoria de Superficie: Exige a los desarrolladores ceder un porcentaje de tierra para generar suelo público destinado a vivienda social y equipamientos.

Fondo Provincial de Hábitat: Centraliza estos recursos para financiar de manera sostenible la urbanización de villas, la producción de vivienda y el mejoramiento barrial.

Así, la Ley 14.449 se erige como una herramienta práctica que intenta transformar la renta del suelo en un instrumento de justicia espacial, sentando las bases para una ciudad más inclusiva y equitativa.

La necesidad de repensar nuestros conglomerados urbanos es un desafío político, la lucha por el espacio en el que vivimos determina nuestras condiciones de posibilidad.  

Tenemos en nuestra doctrina una noción trascendente. La función social de la propiedad privada funciona como pivote ontológico de la necesaria redistribución de la riqueza espacial. 

En la encíclica Laudato Si' del Papa Francisco también encontramos una brújula ética. Su afirmación fue contundente: “El principio de la subordinación de la propiedad privada al destino universal de los bienes es una ‘regla de oro’ del comportamiento social” (LS, 93). Esta verdad es el antídoto contra la Ciudad-Mercancía, donde la especulación convierte el territorio en un botín, fragmentado en enclaves de lujo y bolsones de exclusión.

Frente a la realidad que el Pontífice denuncia —una ciudad de "propietarios, inquilinos, excluidos y marginados"— se alza la visión de una Ciudad fraterna. Este modelo nos interpela a planificar metrópolis donde la diversidad sea motivo de encuentro y no de segregación.

En definitiva, el discurso de Francisco dota a esta tarea de un fundamento moral y una urgencia evangélica. Planificar para la Casa Común no es una opción técnica, sino un imperativo ético.