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Verdad y Tiempo: El Juicio por los Fusilamientos de José León Suárez

Verdad y Tiempo: El Juicio por los Fusilamientos de José León Suárez

El pasado lunes 22 de junio de 2026, la Justicia Federal reconoció que en los Fusilamientos de José León Suárez, perpetrados por la dictadura militar de Pedro Eugenio Aramburu, habita un crimen de lesa humanidad. El delito se cometió el 9 de junio de 1956. Es decir, 70 años separan este atroz hito de su pronunciación judicial. ¿Qué pasó en ese tiempo? ¿En qué afectó el paso del mismo a la búsqueda de justicia?

Algunos de esos cuestionamientos entraron en la mente de los presentes el viernes 19 de junio en el Auditorio Hugo del Carril de San Martín. Estas personas esperaban una sentencia dicho día, pero la Jueza Alicia Vence pasó esa instancia al lunes 22, vía zoom. Al escuchar la decisión, las miradas de decepción cruzaron de una punta de la sala a la otra, con una densidad que las volvía casi tangibles. En medio de esa materialización de emociones, alguien enunció: “Si esperaron 70 años, ¿Qué tiene de malo esperar dos días más?”. 

Probablemente, para ese familiar que se encontraba esperando soltar un suspiro que habitó en su cuerpo durante siete décadas, esos “dos días más” fueron percibidos como otros setenta años. “Son los tiempos de la Justicia”, emitió otro presente. Para dos días o para setenta años, seguramente la frase hubiera sido igual. Ya es prácticamente un dicho popular. Cabe preguntarse entonces, ¿Por qué el suspiro tuvo que esperar setenta años -y dos duros días más- para salir?

Si bien la categoría “Crimen de Lesa Humanidad” fue esbozada por primera vez en 1945 por el jurista Hersch Lauterpacht e incorporada en el Estatuto que brindó marco a los Juicios de Nuremberg  ese mismo año, su endurecimiento -si cabe el término- en el derecho internacional y su percibimiento en los ordenamientos internos es paulatino y variado.

En el caso argentino, la reforma de 1994 le otorgó rango constitucional a los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos, entre los que se encuentran el Estatuto del Tribunal de Nuremberg y la categoría ‘Crimen de Lesa Humanidad’. En 1995, se incorpora también su imprescriptibilidad en el ordenamiento local. Así, encontramos que entre 1956 y 1995, la posibilidad de catalogar de esta manera a los delitos del 9 de junio, era inviable jurídicamente en el plano interno. Por otro lado, su judicialización bajo otras categorías se complicaba en el marco de la prescriptibilidad. 

En esos 39 años, las familias de los fusilados fueron creciendo y decreciendo. Atravesaron la vuelta de Perón al país, su fallecimiento, el rodrigazo, la vuelta a una dictadura cívico-militar aún más sangrienta que la del ‘55, el retorno de la democracia, la híper de 1989, dos copas del mundo y otros hitos que uno podría mencionar arbitrariamente. Solo cabe agregar uno más: Juan Carlos Livraga, “el fusilado que vive” (como quedó catalogado tras la monumental obra de Rodolfo Walsh, Operación Masacre), tuvo que irse a vivir al exterior por las presiones tácitas que recibía por parte del poder militar. 

Livraga jamás volvió, pero relata los hechos como si los hubiera vivido ayer. Para él, el paso del tiempo se efectuó solo en su cuerpo. En su mente, sigue recibiendo todos los días el fallido tiro de gracia que le atravesó la mandíbula. 

En la mente de Livraga y de todas las generaciones de familiares, la Verdad siempre habitó allí. Con la misma veracidad, habitó en el recuerdo vivo de las balas o en el llanto de antecesores que se transmitía con extrema angustia diariamente. Para la Justicia, en cambio, la Verdad tuvo que someterse al plano de la temporalidad judicial.  

Por eso, a esos 39 años de imposibilidad normativa se le sumaron otros 31. Finalmente, el proceso llegó en 2026 a través de un Juicio por la Verdad, un tipo de procedimiento único que desde finales del siglo pasado y comienzos de este se puso en práctica en Argentina para esquivar las Leyes de Obediencia Debida y Punto Final, que finalmente fueron declaradas nulas en 2003. Durante este siglo, la centralidad de este tipo de procesos estuvo abocada a casos de la última dictadura cívico-militar. En mayo 2022, se dio lugar en Chaco al Juicio por la Verdad por la Masacre de Napalpí de 1924, lo que sentó un buen precedente para que se pueda avanzar en el inicio de un Juicio por la Verdad por los Fusilamientos de José León Suárez. 

La performance de los abogados querellantes en el Juicio realizado en San Martín entre el 17 y el 22 de junio fue ejemplar. La reconstrucción de la verdad fue ejemplar. Sin embargo, al final de ese largo suspiro, que aguantó setenta años interiorizado, habita un pensamiento difícil de callar. ¿Hay justicia en pronunciar una verdad que todos saben hace tanto tiempo? Quizás, lo que hace una sentencia de este estilo es confirmar -a confesión de parte- que el silencio judicial de estos 70 años comprendió una injusticia. 

El suspiro quizás significa la felicidad de que exista un reconocimiento de que, como dijo al final del Juicio Alberto Palacios (abogado querellante), “tendríamos que haber visto a los represores salir por aquella esquina con las manos esposadas”

Un reconocimiento de que la Verdad no puede volver a quedar presa del Tiempo.